Fin al «limbo» legal de bares y restaurantes en la Comunidad de Madrid: claves de la regulación

Madrid
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Los bares y restaurantes de la región saldrán del «limbo» jurídico en el que se encuentran. El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó este martes el nuevo catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas, establecimientos, locales e instalaciones, que regula prácticas tan comunes como la venta a domicilio o los espectáculos musicales, hasta ahora indefinidos. La medida, que corrige el texto de 1998, es celebrada por hosteleros y asociaciones vecinales.

Comida y bebida a domicilio

El nuevo catálogo regula algo tan extendido y habitual como la venta de comida y bebida a domicilio a través de las aplicaciones móviles. El cambio supone que esta actividad será una más dentro de las que pueden desarrollar los bares, cafeterías y restaurantes. Fuentes del Gobierno regional explicaron que con esta medida se deja atrás la indefinición con la que los locales operaban hasta la fecha.

Nuevas actividades

La modificación contempla también diferentes actividades que han surgido después de 1998, fecha de la última regulación, y que estaban en el mismo limbo. Se trata de bares-restaurante musicales, definidos como salas de creación y experimentación teatral, parques recreativos infantiles y salas multiusos. Este extremo se enmarca en el objetivo de promoción de la cultura presente en este catálogo, al reconocer la promoción de artistas y músicos, como planteaban los colectivos de ocio nocturno a través de la asociación de hostelería La Viña.

Gastronomía y música

El catálogo prevé una combinación inédita hasta ahora: que discotecas o cafés espectáculo puedan disponer de cocina para, además de las copas típicas del lugar, sirvan comida. En el caso de los llamados bares especiales, se les permitirá la misma posibilidad, siempre que sea a través de terceros. La actividad de espectáculos en las discotecas también se reconoce.

Fin a la prohibición de bailar

Respecto a los bares especiales, desde el Gobierno regional señalan que también se incluye la introducción de nuevas variables en esta categoría. Así, se establece la posibilidad de que en ninguno de estos no exista la prohibición de bailar, la actividad musical de promoción en concierto hasta determinada hora o la opción de solicitar la conversión de locales incluidos en los censos municipales culturales.

Pantallas de tv e hilo musical

Aunque esta práctica es muy extendida en buena parte de los locales de la región, lo cierto es que también se encontraba en la indefinición. El nuevo catálogo, que surge por una modificación del Decreto 184/1998, de 22 de octubre, permite a los establecimientos disponer de pantallas de televisión o el uso de hilo musical puntualmente.

Descanso de los vecinos

El catálogo, más allá de las nuevas actividades y la regulación efectiva del resto, ahonda en el equilibrio con el descanso de los vecinos. El nuevo marco legal exige que se garantice el respeto de cuestiones medioambientales como el ruido a través de los permisos administrativos pertinentes y el consiguiente control municipal.

Claridad para ayuntamientos

Otro de los objetivos perseguidos es contar con un nuevo régimen de ordenación para que los empresarios puedan someter a los ayuntamientos la solicitud de licencias de actividad o eventuales cambios en esta.

Referente europeo

La Comunidad puso en marcha la modificación el pasado mes de marzo, habida cuenta de que el texto anterior estaba obsoleto. Desde La Viña declaran que el decreto, que «ofrece la seguridad jurídica» que necesitaban sitúa a Madrid como un «referente».