Así serán los conciertos de la desescalada: restricciones de aforo por Comunidades Autónomas


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Salir de gira en este verano pandémico va a suponer un reto más complicado que nunca para los músicos, pues cada concierto tendrá sus propias características, sus propias normas y sus propias restricciones. Cada Comunidad Autónoma ha adoptado sus propias medidas de seguridad, y antes de cargar la furgoneta es más que conveniente echar un ojo al mapa de aforos en la España post-cuarentena, como el que ha elaborado la Asociación de Promotores Musicales (APM).

En Andalucía el aforo se reduce al 65% del original, en el caso que tengan butacas preasignadas. Si no es posible debido a la configuración del espacio, se podrán proponer otras alternativas que respeten el límite de aforo señalado. En todo caso, el límite en espacio interior será de 800 personas y 1500 espectadores en exterior. La distancia social mínima será de 1,5 metros y el uso de mascarilla será obligatorio cuando no pueda garantizarse esa medida.

En Aragón el aforo podrá llegar al 75%, con una distancia social de1,5 metros, y se exige el uso de mascarillas en espacios cerrados y al aire libre cuando no sea posible mantener esa distancia. No habrá fiestas patronales hasta el 30 de septiembre. Se recomienda la venta online de entradas, y fomentará el pago con tarjeta en caso de compra en taquilla. Además todas las entradas y los asientos estén debidamente numerados, debiendo inhabilitarse las butacas que no cumplan con los criterios de distanciamiento físico, así como las no vendidas. Se evitará, en lo posible, el paso de personas entre filas, que suponga no respetar la distancia de seguridad.

En Cantabria, los espectáculos culturales se podrán celebrar con menos limitaciones. En espacios cerrados, podrán acceder un máximo de 300 personas y un 75 % del aforo. En el caso de realizarse aire libre, se pueden juntar hasta 1.000 personas sentadas, pero siempre que se mantenga la distancia mínima de seguridad y sin superar el 75 %. Se permite la prestación de servicios complementarios, como tienda, cafetería o similares. En el caso de discotecas, la limitación será un tercio de su aforo, con el espacio de la pista de baile utilizado para instalar mesas, si poder dedicarse a su uso habitual, para poder mantener las distancias de seguridad.

En Cataluña la Generalitat establece que para las actividades (al aire libre o en espacios cerrados) se tiene que garantizar una distancia física interpersonal equivalente a una superficie de seguridad de 2,5m2 por persona. Pero esa distancia puede reducirse si se cumplen las siguientes medidas: uso de mascarilla, registro de asistentes o preasignación de localidades, espacios sectorizados con control de acceso y salida, y evitar aglomeraciones. Las mismas medidas se aplican en espacios cerrados o al aire libre, pero varía el flujo de personas en el control de accesos: un máximo de 2.000 en espacios abiertos y la mitad en sitios cerrados.

En cuanto a Castilla y León, los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares podrán desarrollar su actividad, contando con butacas preasignadas, siempre que no superen el 75% del aforo permitido en cada sala. Hay un límite máximo de 500 personas para lugares cerrados y de 1.000 personas tratándose de actividades al aire libre. Asimismo, deberán establecerse las medidas necesarias para procurar mantener la distancia de seguridad interpersonal en las instalaciones o, en su defecto, la utilización de medidas alternativas de protección física con uso de mascarilla.

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En el caso de Castilla-La Mancha, cines, teatros, auditorios y espacios similares, podrán desarrollar su actividad con butacas preasignadas, siempre que no superen el 75 % del aforo permitido en cada sala. Otros recintos, locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas distintos podrán desarrollar su actividad siempre que el público permanezca sentado y que no se supere el 75% del aforo permitido, con un límite máximo de 300 personas para lugares cerrados y 1.000 personas para actividades al aire libre. Castilla-La Mancha también recomienda no celebrar fiestas, verbenas, festejos taurinos y otros eventos populares hasta el 15 de julio.

Las restricciones de aforo en la Comunidad de Madrid para cines, teatros, auditorios, circos de carpa y similares no superarán el 60% del aforo de cada sala hasta y hasta el 5 de julio; desde el 6 de julio, el límite será del 75%, siempre con butacas preasignadas. Las fiestas, verbenas y otros eventos populares podrán reanudar su actividad cuando la autoridad sanitaria lo permita, según la evolución de la situación epidemiológica y con las condiciones que en su momento se establezcan.

En la Comunidad Valenciana se llevarán las actividades culturales también se llevarán a cabo con butaca preasignada y hasta un 75% del aforo en espacio cerrado y en espectáculos al aire libre será de un 50% con un aforo máximo de 800 personas.

Extremadura prohíbe la celebración de fiestas, verbenas, desfiles profesionales y otros eventos populares hasta el 31 de julio. Para espacios como cines, teatros y auditorios el aforo también se limita al 75%. En el caso de recintos al aire libre el público deberá permanecer sentado, guardando la distancia de seguridad.

Galicia, la primera comunidad en instalarse en la «nueva normalidad», también cuenta con la restricción del 75% de aforo, para locales comerciales, mercadillos, las piscinas, las comitivas fúnebres, ni los teatros, cines y auditorios. Las terrazas sí pueden llegar al 80%.

En las Islas Baleares se ha establecido que las salas de fiesta, discotecas y salas de conciertos que tengan un aforo superior 300 personas no puedan abrir. El resto podrá abrir con la pista de baile inhabilitada, en la que podrán poner mesas para que los clientes la ocupen sentados. En cuanto a las medidas a tomar en cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas, las butacas tendrán que estar preasignadas, sin superar el 75% de aforo. En recintos al aire libre el aforo máximo será de 1.000 personas.

En las Islas Canarias no se permiten eventos con más de 1.000 personas al aire libre o de 300 en espacios cerrados, aunque en bares, restaurantes y alojamientos turísticos no hay límite de aforo, salvo el que dicte la obligación de mantener una distancia interpersonal de 1,5 metros. Las fiestas, verbenas y otros eventos populares, así como las atracciones de ferias, siempre que la evolución de la situación epidemiológica así lo aconseje, podrán reanudar su actividad, cuando la Administración autonómica así lo permita. Los locales de discotecas y demás establecimientos de ocio nocturno podrán abrir al público exclusivamente los espacios al aire libre, para consumo sentado en mesa. En todo caso, el aforo en terrazas será del 75% y habrá que mantener la distancia interpersonal o, en su defecto, el uso de mascarilla.

La Rioja también establece un aforo del 75% con butacas preasignadas que garanticen la seguridad interpersonal de 1,5 metros en cines, teatros, auditorios y circos de carpa. En cuanto a los espectáculos al aire libre también habrá una restricción del 75% del aforo hasta un máximo de 1000 personas, también con asientos preasignados para poder mantener la distancia de seguridad y con mascarilla.

En Melilla, los auditorios y espacios similares que acojan habitualmente actividades culturales pueden abrir sus puertas siempre y cuando no superen el 75 por ciento de su aforo y tengan butacas pre-asignadas. Los otros espacios cerrados, con distintas características, pero la misma actividad, tampoco pueden superar el 75 por ciento del aforo autorizado ni reunir más de 300 personas. Por otra parte, en los eventos al aire libre, la administración de Melilla exige que el público permanezca sentado, manteniendo la distancia de seguridad. Además, no se podrá superar el 75 por ciento del aforo ni reunir más de 1.000 personas

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En Navarra también se establece que cines, teatros, auditorios, circos de carpa y similares podrán desarrollar su actividad, contando con butacas preasignadas, siempre que no superen el 75% del aforo permitido en cada sala. En caso de que el aforo supere las 500 personas, se valorarán adicionalmente las medidas necesarias a adoptar con el fin de garantizar las medidas de protección e higiene establecidas. Para recintos al aire libre está el mismo procedimiento pero el aforo sube a 1000 personas. En el caso que lo supere también se valorará las medidas necesarias a adoptar con el fin de garantizar las medidas de protección e higiene establecidas.

En el País Vasco se permite la celebración de actividades y espectáculos culturales al aire libre con un aforo máximo permitido del 60% de su capacidad autorizada, hasta un máximo de 1.000 personas. Deberá respetarse la distancia física interpersonal mínima de 1,5 metros; en su defecto, el uso de mascarilla será obligatorio (salvo en las unidades de convivencia, que podrán sentarse en localidades contiguas); el público deberá permanecer sentado y se requerirá asiento preasignado. En el caso de equipo artístico, se permitirá la interacción entre intérpretes durante el desarrollo del espectáculo.

Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares del Principado de Asturias podrán desarrollar su actividad, también contando con butacas preasignadas, siempre que se garantice la distancia interpersonal de al menos 1,5 metros y la utilización obligatoria de mascarilla, además de cumplirse las medidas de higiene de manos e higiene respiratoria. Los organizadores de eventos culturales al aire libre deberán contar con los protocolos y/o deberán aplicar las medidas, aprobadas por la autoridad competente, previstas para los espectáculos públicos y actividades recreativas. Asimismo, la normativa permite la apertura de las discotecas al 50% de su capacidad, sin que se pueda bailar

La Región de Murcia también fija como norma general un aforo máximo del 75% en los establecimientos turísticos, hosteleros o culturales a partir de la finalización del estado de alarma. En las actividades culturales al aire libre, el público deberá permanecer sentado para garantizar la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros, a excepción de personas que convivan. El uso de mascarilla será obligatorio en los accesos, salidas y espacios comunes. Las actividades no podrán reunir a más de 500 personas. No obstante, dicha cifra se podrá ampliar hasta 800 personas en aquellos casos en que los responsables o promotores elaboren un plan de actuación específico.

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