Pilar García-Baquero
Córdoba
Una persona extranjera se enfrenta a seis años de prisión acusado de un delito de abuso sexual a una joven que se encontraba en estado de semiincoscincia por su estado de embriaguez y condujo a una nave próxima a la discoteca en la que estaban bebiendo para cometer la agresión.
La Fiscalía recoge en su escrito de calificación provisional que el acusado y la joven tras haber consumido bebidas alcohólicas, coincidieron en un local, ambos entablaron una conversación, tras lo cual se marcharon en busca de algún pub que estuviera abierto en las proximadades.
En ese momento, al salir a la calle se encontraron a unos conocidos que iban en un vehículo, con quienes conversaron unos minutos, tras lo cual propusieron al acusado y a la joven trasladarse con ellos en el coche a una discoteca.
Tanto la joven como el acusado aceptaron esta proposición, y decidieron marcharse todos ellos en el vehículo hasta ese local. Sobre las 5.30 horas llegaron a la referida discoteca, donde la joven continuó consumiendo en abundancia bebidas alcohólicas.
En un momento determinado, según el relato del fiscal, «hallándose con la capacidad intelectiva y volitiva absolutamente mermada por el consumo de bebidas alcohólica y en un estado de semiinconsciencia, la joven salió del establecimiento, aprovechando el acusado para salir con ella y dirigirse con la misma a una nave próxima al lugar, donde, consciente del estado de semiinconsciencia de la chica, con ánimo libidinoso,la agredió sexualmente«.
L os hechos son constitutivos de un delito de abuso sexual, según la acusación pública, quien solicita imponer al acusado 6 años de prisión como condena y la prohibición de aproximación al domicilio y a la persona en un radio de 200 metros así como de comunicarse con ella por cualquier medio durante un período de 15 años así como libertad vigilada por el tiempo de siete años.
La Fiscalía interesa además que el acusado, de ser condenado, una vez haya cumplido las 3/4 partes del a condena, acceda a tercer grado o se le conceda la libertad condicional procede la sustitución del resto de la pena privativa de libertad por expulsión del territorio nacional.